Tegucigalpa. Francisco Morazán. El Ministerio Público, a través de la Unidad Fiscal de Apoyo al Proceso de Depuración Policial (UF-ADPOL), presentará un recurso de apelación en contra del fallo proferido por un juez de privación del dominio en relación a los bienes de considerados de origen ilícito del comisionado general de la Policía Nacional, Leonel Luciano Sauceda Guifarro, al solo ordenar el comiso de 2.5 millones de lempiras de un total de casi 20 millones que no tienen procedencia legal.
Como se sabe, el 2 de febrero de 2022, a favor de Sauceda Guifarro un tribunal de sentencia emitió un fallo absolutorio basado en las polémicas reformas en materia de lavado de activos de 2021, no obstante, un recurso de casación interpuesto el 5 de abril de 2022 buscará revertir dicho extremo, en razón que no se valoró ni analizó la totalidad de la prueba que acreditaba cómo éste malversó caudales públicos, conducta o delito que sería el precedente al blanqueo de capitales.
En torno al fallo de privación que será impugnado tres días después que se notifique la sentencia por escrito, al titular de derecho Leonel Luciano Sauceda Guifarro se le declaró “Ha Lugar” la extinción del dominio de 2.5 millones de lempiras y se le reconoció alrededor de cuatro millones de lempiras sin origen o huella financiera, que son cantidades que se le atribuye a donaciones de los padres, de lo cual no hay evidencia alguna; igualmente se desestimaron otros montos controvertidos.
Conforme a las diligencias de la Agencia Técnica de Investigación Criminal (ATIC) asignados a la UF – ADPOL, el comisionado general, en un periodo de 11 años (2006 – 2017) no pudo justificar casi 20 millones de lempiras, lo que incluye movimientos en 13 cuentas de bancos a su nombre, estableciendo la Unidad de Análisis Financiero del MP que los productos financieros, bienes muebles e inmuebles obtenidos e inversiones realizadas, carecen de fundamento económico legal, a pesar que el desglose salarial del acusado en la fase investigada, asciende a casi seis millones de lempiras, sin deducciones.
Además, se constató que de algunos bienes adquiridos hasta por un millón quinientos mil lempiras (Lps. 1,500.00.00), no existía huella financiera, puesto que se pagaron en efectivo, por lo que no se determina la procedencia de los fondos.
Por todo lo anterior, la Fiscalía, disconforme con los dos fallos en beneficio del investigado, hace uso de los recursos de oposición contemplados en ley.