Danlí, El Paraíso. – Agentes de tribunales de la Fiscalía Especial de Protección a la Mujer (FEP-MUJER), en Danlí, El Paraíso, en audiencia inicial lograron que un juez decretara auto de formal procesamiento con la medida cautelar de prisión preventiva en contra del señor Santos Roberto Hernández Valladares por suponerlo responsable del delito de parricidio en perjuicio de la señora Lexi Marisol Dubón.
Las investigaciones del caso establecen que el pasado 15 de febrero del año 2024, en el caserío “Las Toreras” del municipio de Jacaleapa, El Paraíso, los señores Francisco Armando Hernández Valladares y Gustavo Alfonso Hernández Valladares, encontraron una osamenta en el solar de la vivienda en la que vivía Santos Hernández Valladares, ante el hallazgo de los hermanos Hernández, la Fiscalía Especial de Delitos Contra La Vida (FEDCV) de Danlí, coordinó la exhumación con personal de la Dirección General de Medicina Forense (DGMF) ya que se sospechaba que eran los restos de la señora Lexi Dubón, por ello se ordenó trasladar los restos óseos al Centro de Ciencias Forenses de Tegucigalpa el pasado viernes 16 de enero 2024.
En éste sentido el personal del Departamento de Patología Forense realizó la evaluación genética de los restos óseos de la occisa, además practicó varias pruebas de ADN con los familiares de la señora Lexi Dubón, de modo que el resultado de las pruebas realizadas arrojan un 99% de compatibilidad con los familiares de la occisa. Por ello fiscales de la mujer presentaron requerimiento fiscal en contra de Santos Roberto Hernández por ser el autor material y principal sospechoso de haber matado a la señora Lexi Marisol Dubón.
Tras el término de la audiencia inicial, el señor Santos Hernández fue remitido al centro penal de Danlí, El Paraíso, el Código Penal en su artículo 194 tipifica el parricidio y precisa “Quien mata a alguno de sus ascendientes, descendientes, a su cónyuge o persona con la que el agraviado mantenga una relación estable de análoga naturaleza a la anterior, debe ser castigado con la pena de prisión de veinte (20) a veinticinco (25) años de reclusión”