Tegucigalpa. Francisco Morazán. El Ministerio Público obtuvo en las últimas horas una sentencia condenatoria de 21 años de reclusión en contra de William Brayan Hernández Méndez por los delitos de secuestro y violación.
El fallo logrado por la Sección Antisecuestros y Operaciones Especiales de la Fiscalía Especial Contra el Crimen Organizado (FESCCO) se profirió mediante un acuerdo de estricta conformidad, de manera que Hernández Méndez admitió los ocurridos entre el 30 y 31 de diciembre de 2019.
La víctima, una joven dama, la noche del 30 de diciembre, se encontraba en medio del tráfico para salir del estacionamiento de un centro comercial capitalino que se localiza entre el bulevar Fuerzas Armadas y la colonia Miramontes, cuando fue abordada por el ahora condenado, quien le manifestó que ésta le había golpeado su vehículo mientras retrocedía, aprovechándose así a abordar el automotor de ella y finalmente engañándola y obligándola a acompañarlo con rumbo a otra parte de la ciudad.
En tal contexto, el sindicado le pidió sacar de un cajero automático la suma de 15 mil lempiras y la comunicó con dos familiares para pedir un rescate de 85 mil lempiras; luego la trasladó a un motel donde pasaron la noche y la sometió sexualmente.
Ya el 31 de diciembre de 2022, luego de la denuncia interpuesta por parientes de la víctima ante el Sistema de Emergencia 911 y gracias al trabajo coordinado por la Unidad Nacional Antisecuestros (UNAS), se logró ubicar el carro de la dama producto del seguimiento a cámaras de video ubicadas en diferentes sectores del Distrito Central, dándole captura a William Brayan Hernández Méndez a inmediaciones de la colonia 21 de Octubre.
Por tales hechos, la FESCCO formalizaría la acusación en juicio oral y público, no obstante, previo a la apertura del debate, la defensa del procesado planteó que se decretara una condena por la vía de un acuerdo de estricta conformidad, siendo sentenciado a 12 años de reclusión por el secuestro y nueve años de reclusión por la violación, más la prohibición de residencia por el doble de tiempo de la condena.