A audiencia de proposición de pruebas exdirectivos del IHSS acusados por trasferencia irregular de más de 600 millones de lempiras
Tegucigalpa. Francisco Morazán. Luego que en el Poder Judicial se resolvieran recursos planteadas por la parte defensora, la Unidad Nacional de Apoyo Fiscal (UNAF) esta mañana evacuará la audiencia de proposición de pruebas con la que se busca demostrar en juicio la responsabilidad penal en que incurrieron 14 miembros de la ex Junta Directiva del Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS), por la millonaria transferencia irregular de fondos entre regímenes a lo interno de esa institución.
Se trata de los ex funcionarios Arturo Bendaña Pinel, Leonardo Villeda Bermúdez, Carlos Montes Rodríguez, Javier Rodolfo Pastor Vásquez, José Manuel Espinal, Mario Roberto Zelaya Rojas, José Ramón Bertetty Osorio, José Hilario Espinosa Herrera, Arnoldo Gabriel Solís Córdova, José Humberto Lara Enamorado, Oscar Manuel Galeano, Daniel Antonio Durón Romero, Luis Alonso Mayorga Gálvez y Odessa Del Carmen Henríquez.
Según las investigaciones, la ex Junta Directiva movió más de 600 millones de lempiras del régimen de Invalidez Vejez y Muerte (IVM) al régimen de Enfermedad y Maternidad (EM), así como consolidó como deuda más de 900 millones de lempiras, acciones que está prohibida por el artículo 58 de la Ley del Seguro Social y que causaron un perjuicio económico a los derechohabientes.
Como se recordará, en este expediente judicial, el Ministerio Público logró que se revocara el sobreseimiento definitivo que una Corte de Apelaciones Natural integrada por tres ex magistrados, habían emitido a favor de siete de los imputados a sólo tres días de terminar su periodo.
Ahora, el expediente se ventila en el Tribunal de Sentencia del Circuito Anticorrupción, lo que recientemente fue confirmado ante alegatos de la defensa de los encausados, que habían impedido que en septiembre pasado se desarrollara la referida audiencia de proposición de pruebas.
En este caso, el Auto de Apertura a Juicio se emitió por abuso de autoridad y delito contra la administración de fondos públicos y privados de jubilaciones y pensiones, lo que se sustentará con prueba útil, pertinente y proporcional por parte del Ministerio Público.