ETNIAS CORPORACIÓN YUSCARÁN

Noticias | Ministerio Público

Auto de Formal Procesamiento para corporación municipal de Yuscarán

Publicado el 3 septiembre, 2019 | | Compartir

ETNIAS CORPORACIÓN YUSCARÁN

Auto de Formal Procesamiento para corporación municipal de Yuscarán

ETNIAS CORPORACIÓN YUSCARÁN

La Fiscalía Especial de Etnias y Patrimonio Cultural logró recientemente Auto de Formal Procesamiento en contra del alcalde de Yuscarán, Johny Alejandro Carrasco Chávez y el pleno de la corporación municipal Elvin David Maradiaga Ponce, María Isabel Cáceres Ardón, Raúl Ernesto Lezama Cortés, Wilfredo Espinal López, Denis Alexis Elvir Agurcia, René Antonio Ochoa Moncada, Greyssy Esther Martínez Barahona, Reina Iris Raudales Rodríguez, Roger Alexis Flores y Erlin Rodríguez Sierra, por suponerlos responsables de los delitos de abuso de autoridad y daños agravados al patrimonio cultural.

De acuerdo al expediente judicial, el Ministerio Público recibió denuncia por parte del Instituto Hondureño de Antropología e Historia (IHAH) informando que se estaba realizando la construcción de bases de concreto para la instalación de letras con leyenda «YUSCARÁN», en la esquina oeste de la plaza central de ese municipio, frente a la Iglesia Católica Parroquial San José, ello sin autorización alguna de autoridad administrativa.

Es así que en inspecciones del IHAH y de la Fiscalía, en diciembre de 2018 y junio de 2019, respectivamente, se constataron daños al inmueble de la parroquia y en el parque central, que son parte del inventario de monumentos que constituyen patrimonio cultural de la nación.

Los imputados, que en sesión extraordinaria que conta en acta 23/2018 por unanimidad de votos aprobaron unilateralmente el proyecto “Instalación de las letras YUSCARÁN”, incumplieron lo establecido en el decreto 220-97, que contiene la Ley para la Protección del Patrimonio Cultural, que establece que “Las disposiciones de la presente Ley se aplicarán a los bienes muebles e inmuebles constitutivos del Patrimonio Cultural de la Nación, ya sea que se encuentren en posesión estatal, municipal o privada, hayan sido declarados o no monumentos nacionales, zona arqueológica o centro histórico.”

Igualmente, ordena que “La aplicación de esta Ley se extiende a todos aquellos bienes del Patrimonio Cultural que estuvieren amenazados o en peligro de desaparición o daño, debido a la ejecución de cualquier obra pública o privada. En este sentido, las autoridades competentes podrán dictar las medidas preventivas o prohibitivas que consideren necesarias para la conservación y protección de tales bienes. Para el desarrollo de proyectos estatales o privados, que eventualmente puedan afectar tales bienes es obligatoria la autorización del Instituto Hondureño de Antropología e Historia, previo estudio de impacto físico, social y cultural sobre bienes protegidos. La protección del Patrimonio Cultural de la Nación es de orden público, de interés social y nacional y se regirá por las disposiciones de esta Ley y demás normas legales aplicables».

Publicaciones relacionadas