La Ceiba. – La Unidad de Debates de La Ceiba informó sobre la sentencia condenatoria dictada contra la Jueza de Letras de lo Penal, Jesi Paulita Ventura, por el delito de abuso de autoridad en perjuicio de la administración pública, imponiéndole una pena de tres años de suspensión de sus funciones.
El Tribunal, en su fallo, determinó que en este caso corresponde imponer a la jueza la pena mínima de tres años de inhabilitación para ejercer como juez, al no presentarse circunstancias modificativas de la responsabilidad penal, tal como lo estipula el artículo 70 del Código Penal.
La jueza Jesi Paulita Ventura fue requerida por la Fiscalía por no acatar órdenes y resoluciones derivadas de un proceso judicial precedente por una violación especial.
En el presente caso, por el cual se denunció e investigó a la jueza, se presentó posteriormente un requerimiento fiscal. Inicialmente, concedió un auto de formal procesamiento con la medida cautelar de prisión preventiva. Luego, en una audiencia de revisión de medidas, sin que hubiesen desaparecido los fundamentos que justificaron la prisión mencionada, la abogada Paulita Ventura otorgó medidas distintas al imputado.
La Fiscalía apeló dicha resolución ante la Corte de Apelaciones, que razonadamente ordenó, con suficiente motivación, revocar las medidas otorgadas por la jueza y dictar prisión preventiva. La resolución de la Corte de Apelaciones no fue acatada por la jueza Jesi Paulita Ventura, y en cambio, dictó un sobreseimiento provisional, omitiendo imponer la prisión preventiva.
Esta decisión de la jueza causó perjuicios al ente acusador, que no pudo solicitar la continuación del proceso debido a que no se recapturó al acusado en la causa número 0101-2011-00549, identificado como Allan Johan Alvarenga Ortiz, acusado de la presunta violación especial a una menor de edad.