Tegucigalpa. El Ministerio Público a través de la Fiscalía Especial Contra el Crimen Organizado (FESCCO), en conjunto con la Dirección de Lucha Contra el Narcotráfico (DLCN), luego de un coordinado trabajo de investigación patrimonial y financiero sobre el núcleo familiar del ciudadano Juan Orlando Hernández Alvarado, ejecutan operación para el aseguramiento e incautación de los bienes muebles, inmuebles, sociedades mercantiles y productos financieros, vinculados al núcleo familiar, quienes son sujetos de investigación conforme a las causales de Privación de Dominio de Bienes de Origen Ilícito.
Dentro de las vinculaciones sostenidas por el Ministerio Público para solicitar la imposición de medidas precautorias, cautelares o de aseguramiento de bienes se encuentra su relación señalada con personas vinculadas al narcotráfico y con quienes en su momento existió relación transaccional financiera y de constitución de sociedades.
Es así que, con fundamento en los fuertes antecedentes de hechos plasmados en los informes de investigación que sirvieron de sustento para fijar la pretensión de las medidas sobre el patrimonio identificado del ciudadano Juan Orlando Hernández Alvarado y su núcleo familiar, el Ministerio Público de Honduras a través de la Fiscalía Especial Contra el Crimen Organizado (FESCCO), presentó solicitud ante el Juzgado de Letras de Privación del Dominio de Bienes de Origen Ilícito, para el aseguramiento e incautación de 33 inmuebles distribuidos en los departamentos de Francisco Morazán, Olancho y Lempira, ocho sociedades mercantiles, 16 vehículos y productos financieros.
Es importante destacar que el Juez competente decidió otorgar el aseguramiento del total de bienes fijados en la pretensión del Ministerio Público, (lo que implica una prohibición registral de celebrar actos y contratos sobre los referidos bienes).
El Ministerio Público es del criterio que en relación a los bienes otorgados en dación de pago a una institución financiera, luego de iniciado el proceso de extradición, se debe examinar la debida diligencia y acreditación de una tercería de buena fe exenta de culpa, mientras que sobre el resto de bienes han recaído inversiones en concepto de mejoras que entran en el periodo de investigación y por tanto constituyen una mezcla de capitales, como precepto autorizante para el otorgamiento de las medidas solicitadas por el ente Fiscal